Lo que dice la propuesta de reforma electoral sobre la discapacidad

Entre las propuestas planteadas por el Partido de la Revolución Democrática están que las y los electores deberán informar al INE sobre su discapacidad y, si lo desean, incluirlo en la credencial para votar.

Con apenas ocho legisladores federales con discapacidad y sin leyes que aseguren que sean postuladas a puestos de elección popular, los derechos políticos de las personas con discapacidad (pcd) representan una de las más grandes deudas del Estado mexicano.

Así, mientras el Congreso de la Unión se prepara para la discusión de la propuesta de reforma electoral enviada por el presidente, una iniciativa del Partido de la Revolución Democrática plantea modificaciones en materia de discapacidad.

Que las pcd informen al Instituto Nacional Electoral (INE) de su condición de discapacidad, que esta pueda incluirse en la credencial para votar siempre que así lo soliciten las personas, así como asegurar candidaturas son algunas de las modificaciones propuestas en la iniciativa presentada en octubre pasado por la diputada Olga Luz Espinosa Morales.

Inicialmente, la propuesta plantea que se reconozcan los ajustes razonables dentro de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) para que las autoridades recurran a ellos a fin de garantizar el derecho de las personas con discapacidad a ejercer su voto.

Otra de las propuestas es que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores tenga la facultad de poner la discapacidad (y su tipo) como una característica del elector o electora y que esta condición sea visible en la credencial para votar cuando así lo solicite el ciudadano o ciudadana con discapacidad, de acuerdo con la reforma planteada al artículo 54 de la LGIPE.

Tal como ahora los ciudadanos deben informar al INE de su cambio de domicilio para actualizar el Registro Federal de Electores y la credencial para votar, la modificación de Espinosa busca que en caso de adquirir una discapacidad, se informe a la autoridad electoral para que se registre esta condición, de acuerdo con la reforma a los artículos 138 y 142.

“Dentro de los 30 días siguientes al cambio de su condición a una con discapacidad tendrán que dar aviso ante la oficina del Instituto (INE) más cercana a su nuevo domicilio; acompañarán al aviso el documento expedido por una autoridad competente que acredite la discapacidad”, apunta la propuesta de cambio al artículo 142.

En las más recientes elecciones federales en 2021 participaron 308 mil 509 personas con discapacidad, según mostraron los registros del INE que dimos a conocer.

Debates y spots con accesibilidad 

Los partidos políticos deberán incluir en sus spots tanto de televisión como de radio la tecnología necesaria para que sus mensajes sean accesibles para las pcd, además de que en la elaboración de la propaganda político electoral deberán hacer uso de la Lengua de Señas Mexicana, propone la iniciativa.

Igualmente, la reforma busca que los dos debates presidenciales obligatorios cuenten con tecnologías e intérpretes de LSM para que sean accesibles a las personas con discapacidad.

 Amarran candidaturas, aunque sin mandato

Para la elección federal de 2021 y por mandato del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el INE publicó un acuerdo en el que a través de acciones afirmativas se obligó a los partidos políticos a postular a la Cámara de Diputados a candidatos y candidatas que pertenecieran a grupos de población en situación de vulnerabilidad (personas indígenas, con discapacidad, afromexicanas, de la diversidad sexual y migrantes y residentes en el extranjero).

En ese acuerdo, el INE estableció que para las personas con discapacidad, los partidos deberían postular seis fórmulas de mayoría relativa en alguno de los 300 distritos electorales del país y dos fórmulas de representación proporcional en cualquiera de las cinco circunscripciones y que se ubicaran dentro de los primeros 10 lugares de cada lista, como se explica en esta infografía.

Aunque la propuesta de la diputada Espinosa eleva a rango de ley las acciones afirmativas para el acceso de las pcd a las candidaturas, lo hace exactamente en la misma cantidad que el acuerdo del INE: seis fórmulas de mayoría relativa (MR) y dos de representación proporcional (RP).

La única modificación es que en las candidaturas de MR los partidos deberán postular a las pcd “de preferencia en aquellos (distritos) en los que sea altamente competitivo”, sin que se especifique el criterio de preferencia ni las sanciones por incumplirlo.

Para las dos fórmulas de RP, al menos una de las candidaturas deberá encontrarse en los primeros cinco lugares de la lista nacional, sin que se especifique un lugar para la otra fórmula.

En el registro de candidaturas, se plantea en el cambio al artículo 238, se deberá especificar si se trata de una acción afirmativa y acreditar, en su caso, la discapacidad.

De acuerdo con la iniciativa, para el proceso federal electoral 2021-2021 se registraron 78 candidaturas a diputaciones federales que correspondían a personas con alguna discapacidad, únicamente ocho llegaron a San Lázaro, según Legislar desde la discapacidad, ¿quiénes, cuántos y qué proponen?

Por Itzel Ramírez

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