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El ‘Plan B’ de los grupos vulnerables

Las acciones afirmativas hoy se encuentran amenazadas y desnaturalizadas por decisiones injustificadas del INE.

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12 de septiembre de 2023

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José Luis Flores Trujillo

El 22 de mayo de 2023, tras meses de lucha y esfuerzos colectivos, integrantes de los grupos más vulnerables escribieron un capítulo admirable en la historia democrática de México. 

A base de trabajo incesante y ánimos de resistencia, las personas socialmente ‘empequeñecidas’ y marginadas lograron vencer obstáculos puestos por el propio Estado, plantando cara a una avasallante mayoría parlamentaria a través de una digna defensa de sus derechos. 

No fue un día cualquiera; en virtud del fallo sobre la acción de inconstitucionalidad 71/2023 a cargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las personas con discapacidad, indígenas, afromexicanas, migrantes y de la diversidad sexual lograron invalidar una peligrosa y autoritaria reforma en materia electoral, recuperando la titularidad sobre determinadas acciones afirmativas de representación sustantiva. Sin embargo, aquel ejercicio de ponderación y control constitucional fue la cúspide en la victoria de una batalla que no ha terminado; su representación política hoy vuelve a estar en riesgo. 

Luego de no reunir mayoría calificada el pasado 6 de diciembre, el Congreso de la Unión desechó el peligroso proyecto de reforma constitucional que pretendía alterar la estructura político-electoral del país; pero apenas unos minutos después del desechamiento y gracias al requerimiento de mayoría simple fue presentado y aprobado fast track un paquete de iniciativas en materia electoral conocido desde entonces como el “Plan B”, el cual pretendía modificar, entre otras, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. 

Hasta ese punto, quienes defendemos las causas de los grupos vulnerables estábamos expectantes a las posibles implicaciones de este proceso toda vez que nadie, ni el órgano reformador conocía el contenido de la propuesta; al descubrir lo aprobado nos encontramos, efectivamente, con modificaciones regresivas violatorias a derechos humanos y, por ende, inconstitucionales en perjuicio de las personas con discapacidad (pcd). 

Específicamente, la afectación para pcd se dio bajo el contexto de las acciones afirmativas en materia electoral. 

Las acciones afirmativas, en general, son medidas compensatorias, temporales y razonables de nivelación cuya finalidad es revertir escenarios de desigualdad histórica que enfrentan determinadas minorías, a efecto de garantizarles un plano de igualdad sustancial, resaltando que la igualdad y no discriminación constituye no sólo un derecho humano, sino el eje rector de nuestro sistema jurídico. La igualdad sustantiva es la piedra angular de nuestro Estado de Derecho. 

En materia electoral, las acciones afirmativas han sido implementadas por el INE junto al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desde el Proceso Electoral de 2018. Entonces, el INE estableció que los partidos políticos debían asignar a personas indígenas las candidaturas a diputaciones federales en municipios con más del 40 por ciento de población originaria. 

Después, para los comicios de 2021 se amplió el catálogo de grupos poblacionales para la asignación de candidaturas. Así, a fin de garantizar curules para integrantes de estos cinco grupos subrepresentados, en 2020 el INE y el Tribunal Electoral determinaron que cada partido debía asignar bajo ambos principios a 30 fórmulas de personas indígenas; ocho fórmulas de personas con discapacidad; cuatro de personas afromexicanas; cinco de migrantes y tres de la diversidad sexual.

Sin embargo, aun con una sólida argumentación, fundamentación y precedentes nacionales, regionales e internacionales que respaldaron la implementación y necesidad de estas medidas de nivelación, tal como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Congreso de la Unión aprobó una reforma que violentó, entre muchos otros, el principio de progresividad de los derechos humanos de las personas con discapacidad en un claro retroceso legislativo, además de que, de nueva cuenta y como es recurrente, no realizó la consulta a personas con discapacidad como lo mandata el parámetro de regularidad constitucional. 

El Plan B quitó la obligatoriedad a los acuerdos del INE que imponían a los partidos el deber de asignar candidaturas a integrantes de grupos vulnerables e introdujo una nueva categoría que no es vulnerable per se. 

El Congreso estableció ser él mismo quien determinará los lineamientos del “sistema de cuotas” (siendo así los partidos siendo sus propios árbitros), además de que, en resumen, dio a los partidos la libertad de no asignar ni un solo escaño o curul a pcd, quitando a su vez cualquier posibilidad de impugnar una distribución así, poniendo en grave riesgo la representación sustantiva de las personas con discapacidad, situación que derivaría en su estancamiento en los mismos escenarios de la desigualdad, abusos y exclusión. 

Fue ahí cuando colectivos como #PorMásRepresentación tomaron acción por medio del uso alternativo del derecho a fin de revertir este conjunto de violaciones a los derechos político-electorales de las personas con discapacidad y los demás grupos vulnerables. 

La estrategia se dio a través de la presentación de amparos que lograron llegar a tribunales colegiados y de amicus curiae ante la Suprema Corte además de interpelaciones directas con diputadas y diputados del bloque oficialista, todo desde la organización y participación de la sociedad civil articulada por integrantes de los cinco grupos poblacionales en situación de discriminación. El activismo generado con pasión y determinación fue fundamental para incidir en la histórica sentencia de la Corte la cual, pensábamos, no dejaría margen a interpretaciones regresivas. 

Nos equivocamos 

Hoy, apenas a cinco meses de celebrar dicha sentencia, de nueva cuenta la representación política sustantiva de las personas con discapacidad está bajo amenaza.  

El pasado viernes 8 de septiembre, el Consejo General del INE celebró sesión en la cual se discutió y aprobó el anteproyecto del acuerdo para definir las acciones afirmativas en la elección en ambas Cámaras del Congreso de la Unión. Contrario a lo establecido por los acuerdos implementados en los comicios federales anteriores y bajo la pasada presidencia, el Instituto ha decidido restar espacios de representación popular a personas con discapacidad. 

En efecto, si para el Proceso Electoral Federal de 2021 el INE garantizó al menos ocho fórmulas exclusivas a personas con discapacidad, para el PEF de 2024, de manera injustificada, regresiva y violatoria del derecho a la igualdad, el INE decidió otorgar a los partidos políticos nacionales la libertad de asignar tan solo una curul y un solo escaño a personas con discapacidad. 

Así lo dice el anteproyecto al establecer un piso mínimo de 30 diputaciones únicamente para el grupo poblacional de personas indígenas. Para los grupos vulnerables restantes, entre ellos el de personas con discapacidad, ya no se contempla ningún piso mínimo. 

El INE decidió que los partidos son libres de distribuir de la manera que quieran las 20 diputaciones entre personas con discapacidad, afromexicanas, migrantes, de la diversidad sexual y en pobreza extrema con la condición de postular, al menos, una fórmula por grupo vulnerable. En pocas palabras, se reducen de 8 a 1 las diputaciones reservadas a personas con discapacidad, así como de los demás grupos vulnerables. 

El acuerdo del INE recién aprobado retoma muchos de los vicios del Plan B en materia de progresividad de los derechos humanos. 

Lamentablemente, para el estudio de la acción de inconstitucionalidad 71/2023 y sus acumuladas únicamente se tomaron en cuenta los aspectos relativos a violaciones al proceso legislativo y a la omisión de realizar la consulta a personas con discapacidad, en otras palabras, no se abordó el estudio de que el Congreso no legisló apegado al principio de progresividad de los derechos humanos, por lo que el INE retomó los mencionados vicios del Plan B, tal como meter en una misma bolsa a cinco grupos vulnerables sin consideraciones técnicas de ningún tipo y utilizar su representación política sustantiva como moneda de cambio. 

En esta ocasión, el colectivo tiene que retomar su papel de defensa de los derechos de los grupos que le integran, a fin de revertir de nueva cuenta un despropósito legal en clara oposición a lo que marca el bloque de constitucionalidad de México. 

Con este nuevo reto en la defensa de las acciones afirmativas que hoy se encuentran amenazadas y desnaturalizadas por decisiones injustificadas del INE verificamos que los derechos jamás serán plenamente garantizados, sino que tienen que defenderse de manera permanente. 

Esta vez la defensa llega más rápido de lo esperado, pero contamos con las herramientas jurídicas y las instancias jurisdiccionales necesarias para conseguir otra victoria, tal como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a quien le tocará conocer de las impugnaciones que ya se encuentran en proceso de elaboración colectivos de la sociedad civil a lo largo del país. 

La primera estrategia dio resultados y ganamos con una acción de inconstitucionalidad; surge ahora un nuevo desafío para las personas con discapacidad el cual será enfrentado con los mismos ánimos de compromiso y esperanza, siendo esta nueva estrategia el Plan B de los grupos vulnerables. 

* José Luis Flores Trujillo es asesor jurídico en el Congreso de la Unión, activista por los derechos humanos y tesista de la Facultad de Derecho de la UNAM. Lo encuentras en X, antes Twitter en @SZiller_

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