La Primera Sala de la SCJN determina que la interdicción es una figura contraria a tratados internacionales y de derechos humanos, ya que despoja a las personas de capacidad jurídica.
La Primera Sala de la SCJN determina que la interdicción es una figura contraria a tratados internacionales y de derechos humanos, ya que despoja a las personas de capacidad jurídica.