La discriminación del Congreso hacia las personas con discapacidad

En 100 días desaparece la educación inclusiva; se salvará la educación indígena, y únicamente se garantizan centros educativos accesibles.

El 16 de junio de 2022, las comisiones unidas de Educación y de Pueblos Indígenas y Afromexicanos de la Cámara de Diputados aprobaron el acuerdo por el que se regula el procedimiento para el cumplimiento de la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 121/2019 en materia de educación indígena.

La omisión de las Comisiones de Educación de la Cámara de Diputados y Senadores de emitir el acuerdo sobre educación inclusiva, suponiendo que exista el mismo, y que no se haya difundido de manera amplia y accesible refleja la actitud discriminatoria del Congreso mexicano hacia personas con discapacidad.

En junio de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió 2 casos sobre los derechos de personas con discapacidad a una educación inclusiva. Del primero sobre la obligación de las escuelas privadas de ser accesibles consideró que es constitucional, y todas las escuelas públicas y privadas deben ser accesibles.

El segundo caso es la acción de inconstitucionalidad 121/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y al resolver el precedente eliminaron por falta de consulta los artículos 56 a 68 de la Ley General de Educación sobre educación indígena e inclusiva.

La sentencia dio un plazo de 18 meses al Congreso para que pudiera reformar la Ley y nuevamente incluir estos derechos, pero bajo el supuesto de que la reforma debe incluir las consultas. 

Si no se publica una reforma antes del 1 de enero desaparecerán estos derechos y, como consecuencia, los sistemas, presupuestos para pagar a maestros, los estudios y certificados no serán válidos.

La Ley General de Educación actual se presentó y aprobó por la vía “fast track” y al vapor: la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la presentó el 18 de julio de 2019 y la nueva Ley se publicó en el Diario Oficial el 30 de septiembre de ese año; en menos de 51 días hábiles.

El Congreso todavía tiene tiempo para actuar. Del 1 de agosto al 20 de diciembre, hay más de 100 días hábiles. Es decir, el doble del tiempo que les tomó aprobar la primera Ley, pero necesitamos ese tiempo para publicar los documentos legislativos en videos de Lengua de Señas Mexicana, formato accesible para lectores de pantalla y en formatos de fácil comprensión.

Los 100 días son indispensables para dar tiempo suficiente y garantizar la participación efectiva y que las personas envíen su propuesta de reforma legal, las observaciones a las iniciativas y dictámenes del Congreso que son resultado de esta iniciativa. Lo más importante es que el Congreso incorpore esas propuestas y observaciones en sus dictámenes y nos digan cómo.

Los avances legislativos de derecho a la educación de personas con discapacidad en los últimos 30 años están en juego.

El Congreso por regla general no cumple en tiempo y forma los precedentes de la Suprema Corte, ni los plazos para emitir leyes establecidos por la propia Constitución ni las recomendaciones de la ONU.

Por Agustín De Pavía Frías

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