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Susana Xóchitl Bárcena GaonaSusana Xóchitl Bárcena Gaona

El importante primer paso para regular la asistencia sexual en Ciudad de México

El primer paso que regularía la asistencia sexual fue dado; faltan procesos de dictaminación y consulta para que la iniciativa sea discutida con amplitud y profundidad.

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31 de mayo de 2023

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Susana Xóchitl Bárcena Gaona

Las personas con discapacidad (pcd) históricamente han sido discriminadas y vulneradas en sus derechos más básicos. En el terreno de la sexualidad, se les tiende a infantilizar y se les niega la posibilidad de vincularse erótica y afectivamente. No se les habla de sexualidad, ni se les brinda información que les permita conocer su cuerpo, sus emociones y cómo relacionarse con los demás.

En el caso particular de personas con discapacidades que les dificulta el control de sus movimientos y acceder a su cuerpo o al de una pareja, no cuentan con el apoyo de una persona que les asista para conseguirlo. 

De ahí que el pasado 18 de mayo de 2023 se presentó una iniciativa de ley que busca regular en la Ciudad de México la asistencia sexual consentida e informada. Un suceso inédito en nuestro país y que dará mucho de qué hablar.

¿En qué consiste la iniciativa y cuál es su importancia? 

La iniciativa busca reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud de la Ciudad de México para que la asistencia sexual se brinde como un servicio de salud a las personas con discapacidad que lo requieran. 

Señala que la asistencia sexual “consiste en prestar apoyo profesional para que las personas con discapacidad que tienen capacidad jurídica de entender el hecho puedan acceder sexualmente al propio cuerpo o al de una pareja. Lo anterior, para poder garantizar el libre ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad”. 

Es importante reconocer que esta figura busca generar los mecanismos para que las personas que requieran este tipo de asistencia la obtengan como un servicio de salud y sea en total apego a un marco de derechos. 

Al hablar de asistencia sexual, un punto que puede encender las alarmas es el riesgo de que las personas con discapacidad puedan sufrir abuso o violencia sexual bajo el amparo de esta figura. Por ello, la iniciativa enuncia que “la asistencia sexual deberá ser consentida por la persona asistente y la persona asistida expresamente o por algún otro medio incluyendo los ajustes razonables o sistemas de apoyo necesarios”. 

Es indispensable que sea la persona con discapacidad y no un familiar quien tome las decisiones sobre el tipo de servicio que requiere.

Es sabido que algunas personas con discapacidad tienen dificultades para comunicarse de manera verbal, por ello pueden utilizar sistemas de comunicación alternativos y aumentativos que garanticen la expresión de sus deseos. 

En el mismo sentido, la persona que asiste debe expresar los límites de su trabajo y gozar de garantías que le permitan llevar a cabo sus funciones sin que sea transgredida su integridad. 

Otro aspecto que genera controversia tiene que ver con las ideas erradas que equiparan la asistencia sexual con el trabajo sexual.  

En la iniciativa se aclara que “la persona asistente no es alguien con quien tener sexo, sino alguien que te apoya para tener sexo contigo o con otras personas. La persona asistida decidirá para qué y de qué manera recibirá el apoyo, esto para garantizar la autonomía de decisión sobre su cuerpo”. 

Es importante destacar que el trabajo que realiza la persona que asiste es meramente instrumental, la persona asistida no puede tocar de manera erótica a quien le asiste. 

De igual manera, son amplias y diversas las prácticas que conforman la asistencia sexual, estas pueden ir desde ser una extensión de las manos de la persona asistida para que logre tocar y acariciar su propio cuerpo, prácticas de masturbación, o ayudar a colocarle en posiciones para que pueda tener contacto físico con una pareja, y también auxiliar en el uso de juguetes sexuales y de preservativos.

Las corporalidades tan diversas de las personas que requieren asistencia sexual demandan de quien las asiste la preparación profesional para evitar realizar maniobras que les dañen físicamente. En ese sentido, la iniciativa de ley señala que “ las personas asistentes sexuales deberán ser trabajadoras profesionales de la salud que se acrediten a través de instituciones de Salud Pública que la Secretaría determine”. 

El primer paso para la regulación de la asistencia sexual en la Ciudad de México está dado, faltan procesos de dictaminación y consulta.

Esperemos que la iniciativa sea discutida con amplitud y profundidad, y que las opiniones que se generen contribuyan a desmitificar las ideas erróneas sobre la sexualidad de las pcd que han prevalecido durante siglos. 

Sería importante conocer las opiniones fundamentadas en información, evidencia científica y experiencias de otros países como Suiza, Australia, Dinamarca en donde es reconocida la asistencia sexual y cuentan con programas de formación especializados. Es imperativo que se consulte a las personas con discapacidad quienes serían los potenciales beneficiarios de estos servicios, a sus familias y los profesionales de la salud implicados en esta iniciativa vanguardista.

Por Susana Bárcena*

*Susana Xóchitl Bárcena Gaona es doctora en psicología de la Salud por la UNAM, educadora sexual por la Asociación Mexicana de Salud Sexual A.C, miembro del grupo de Investigación en Psicología y Salud Sexual, y profesora en el área de Educación Especial y Rehabilitación de la carrera de Psicología en la FES Iztacala, UNAM e investigadora nacional del Sistema Nacional de Investigadores. Lidera DI Sexualidad, el curso gratuito pensado y planeado para personas con discapacidad intelectual.

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