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Fue a prisión por tener discapacidad y México debe ofrecerle una disculpa

Por Katia D’Artigues La ONU analizó el caso de Arturo Medina, un mexicano declarado ‘inimputable’, que pasó cuatro años en la cárcel en un proceso plagado de errores El Estado Mexicano le debe ofrecer una disculpa a Arturo Medina Vela, un joven que hoy tiene 29 años, y que estuvo preso sin que se le […]

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4 de octubre de 2019

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Ilse Domínguez

Por Katia D’Artigues

La ONU analizó el caso de Arturo Medina, un mexicano declarado ‘inimputable’, que pasó cuatro años en la cárcel en un proceso plagado de errores

El Estado Mexicano le debe ofrecer una disculpa a Arturo Medina Vela, un joven que hoy tiene 29 años, y que estuvo preso sin que se le garantizara el derecho a su defensa. 

Por ser una persona con discapacidad (psicosocial e intelectual) lo declararon “inimputable” (una figura jurídica que supuestamente “protege” a las personas con discapacidad) y por ello no le permitieron que se defendiera. 

Como condena, a Arturo Medina se le decretó una “medida de seguridad” que consistió en privarlo de su libertad durante cuatro años y someterlo a tratamiento médico sin su consentimiento.

Es la primera vez que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), vía el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, toma un caso particular, lo analiza y dictamina que se violaron muchos de los derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Entre ellos los que se refieren a la no discriminación, el acceso a la justicia, a la libertad y seguridad, a reconocerlo como igual ante la ley ya vivir incluido en la comunidad. 

La importancia del caso de Medina Vela es que provoca recomendaciones reiteradas al país: se deben cambiar legislaciones y procedimientos que garanticen el acceso a la justicia para personas con discapacidad. 

Eso es lo que pide la ONU y México (lo mismo el Poder Legislativo que el Ejecutivo y el Judicial) debe atenderlo, porque el país firmó y ratificó dicha Convención internacional. 

Es una historia que puede cambiar muchas vidas. 

El caso

En 2011, Arturo Medina Vela tenía 21 años. Había salido solo de su casa, en la colonia Morelos de la Ciudad de México y se acercó a un automóvil que estaba abierto. En ese momento la policía lo detuvo y lo acusó de robo del coche. 

Cuando su madre, Judith, lo localizó, 12 horas después de su detención, les dijo que no creía lo del robo porque su hijo no sabía manejar. 

El ministerio público le dijo que había empujado el vehículo y que tenían incluso un video donde se podía ver esa escena, mismo que nunca mostraron ante su defensa de oficio, asegura ella.

Arturo, por su condición, habla poco cuando se siente presionado o está en una situación de estrés. En el Ministerio Público lo notaron y le preguntaron a la madre qué le pasaba. La respuesta: una discapacidad psicosocial e intelectual. 

Ella, de buena fe, llevó documentos médicos que comprobaban que había estado inscrito en un institución educativa especial, en un Centro de Atención Múltiple (CAM) y que había recibido incluso terapias de neurorehabilitación en un servicio público. 

Solo con base en estos documentos médicos lo declararon “inimputable”, una figura jurídica que automáticamente niega la capacidad de defensa del mismo Arturo, a quien nunca le permitieron declararse inocente, dar pruebas para su defensa o impugnar los cargos que se presentaron contra él. 

Al ser considerado ininmputable se le negó el derecho a ser notificado sobre su sentencia y le anularon otro más: el de conocer su condena e impugnarla.  

Como ya era mayor de edad, su madre tampoco pudo hacer nada: “Sentí como si el Estado fuera su papá y yo fuera una mala mujer y me lo hubieran quitado”, recuerda Judith.

La mamá rememora las burlas y la discriminación que vivió. “El abogado de oficio me dijo que me hiciera a la idea de que a mi hijo no me lo iban a entregar. Que si hubiera sido una persona normal (sic) que hubiera asaltado un micro con una pistola me lo regresarían en 3 meses, pero él, por ser discapacitado (sic), lo tenían que meter en una medida de seguridad que no se apela”.

Esa ‘medida de seguridad’ fue dictada de una manera estereotipada, y también discriminatoria para, supuestamente, proteger a la sociedad por su discapacidad psicosocial. Este dictamen se mantuvo aún cuando la defensa argumentó que no representaba un peligro y que podía regresar a casa bajo los cuidados y supervisión de su mamá.

Arturo Medina Vela entró al Centro Varonil de Readaptación Psicosocial, que es “como el ala psiquiátrica del Reclusorio Sur”, explica su mamá. 

Cuando ella reclamaba que lo dejaran salir y pedía el derecho a cambiar de abogado, en el área jurídica le decían: “Ve a ver a la señorita Laura y tal vez, en un programa de ella, si haces mucha presión mediática, es probable que te entreguemos a tu hijo”.

Se referían al programa de TV “Laura en América”, de Laura Bozzo, conocida por presentar casos de forma amarillista y dramática.

En 2015 Arturo cumplió su condena de cuatro año y quedó en libertad. 

“Yo lo que quiero es una disculpa de parte del Estado Mexicano por todo lo que le hicieron, por toda la burla que le hicieron a mi hijo. Él entró el 14 de septiembre del 2011 a prisión, ya nunca volvió a ver a mi mamá” dice Judith con la voz quebrada. “Él salió libre el 14 de septiembre y mi mamá murió el 1 de septiembre de 2015 y nunca se volvieron a ver”.

Los otros ‘Arturos’ en México

En la conferencia de prensa donde se presentó todo este caso el martes 1 de octubre, María Sirvent, directora de la asociación civil Documenta (especializada en apoyos jurídicos para pcd) dijo que hay muchos ‘Arturos’ en México. 

¿Cuántos? “No sabemos, pero más de los que pensamos”, agregó. 

El problema es, para variar, que no hay en el Sistema Penitenciario, en las cárceles del país, datos desagregados por discapacidad ni por inimputabilidad. 

Para Sirvent, en la reciente iniciativa de Ley de Amnistía que el presidente López Obrador presentó ante el Congreso de la Unión también se debería considerar a las personas con discapacidad intelectual y psicosocial a las que se les ha violado el debido proceso.

“Aunque se trata de un caso individual, se muestra que el problema está también en la Ley, en las herramientas legales. Es un problema estructural al que se enfrentan las personas que, como Arturo, son parte de un proceso penal. El sistema está diseñado para excluírlas y no hacerlas parte. Es necesario un cambio legislativo y de políticas. La figura de la ‘inimputabilidad’ no protege, sino que quita derechos. Hago un llamado respetuoso al Estado Mexicano a que atienda todas las recomendaciones”, dijo Jan Jarab, representante de México del Alto Comisionado de DDHH de la ONU.

La figura jurídica de “inimputabilidad” sigue vigente, tanto a nivel Federal y Estatal, explica Sirvent, pero hay una oportunidad de mejorar con el Código Nacional de Procedimientos Penales que sí asegura que se deben hacer ajustes al proceso según la persona (“ajustes razonables”) y brindar apoyos según las necesidades de cada detenido.

“También es muy grave la medida de seguridad”, dice Sirvent. “Por motivos de discapacidad es, de entrada, discriminatoria. Hay que generar alternativas, un catálogo amplio de ellas ajustadas a la Convención. Por ejemplo, la Ley de justicia penal para adolescentes tiene muchas y la prisión es la última. Hay que ver cuál funciona”.

Lo que México tiene que hacer

  • Reconocer de manera pública que violó los derechos de Arturo Medina Vela.

  • Proporcionar una reparación efectiva (incluidos los gastos judiciales) y una indemnización.

  • Publicar el dictamen en formatos accesibles y darlo a conocer.

Este dictamen inédito también reitera otras recomendaciones a México, mismas que se hicieron desde 2014:

  1. Cambiar las leyes de la Ciudad de México, federales o estatales con respecto a la figura de “inimputabilidad” y el “procedimiento especial”. Se debe garantizar el acceso a la justicia y al debido proceso de las pcd con los principios de la CDPD. 

  2. Revisar la aplicación de “medidas de seguridad” que implican el internamiento para un tratamiento médico psiquiátrico y crear alternativas que se ajusten a principios de la CDPD. 

  3. Que las personas con discapacidad intelectual y psicosocial reciban  apoyos y ajustes razonables según sus necesidades para que puedan ejercer su capacidad jurídica ante tribunales.

  4. Impartir a jueces, oficiales, agentes de Ministerio Público y funcionarios del Poder Judicial formación adecuada y continua sobre el alcance de la CDPD y su protocolo facultativo.