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Margarita Garfias abrazando a su hijo Carlos.Margarita Garfias abrazando a su hijo Carlos.

“La regulación para el uso medicinal de cannabis camina lento”

Este 9 de septiembre vence el plazo que emplazó el poder Judicial a los funcionarios de Salud para poner en vigencia un reglamento para el uso de medicinas a base de cannabis. Margarita Garfias ha sido la activista y pionera más visible de esta causa para ayudar a personas con epilepsia (como su hijo Carlos) a tener un tratamiento con este producto y de paso impulsar la autorización del autocultivo o el cultivo solidario con fines médicos de la mariguana. La epidemia silenció los procesos y sobre todo la participación necesaria de la Cofepris.

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4 de septiembre de 2020

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Conversa

Por Débora Montesinos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación extendió en junio el plazo a la Secretaría de Salud para que emita las reglas de uso de medicinas a base de cannabis, tomando en cuenta la emergencia sanitaria que vivía y vive el país por la pandemia de COVID-19. 

Ese plazo está a punto de llegar: el 9 de septiembre las autoridades deben dar a conocer el reglamento de la reforma legal que posibilita el consumo de medicinas con un alto contenido en CBD  o cannabidiol. Este es el componente no psicoactivo de la planta de cannabis. 

Pero a días de la fecha, Margarita Garfias, madre, cuidadora y activista que ha impulsado durante años la legalización de la cannabis de la que es usuario su hijo Carlos, un adolescente con discapacidad múltiple, no tiene indicios de que el reglamento contempla las necesidades de los posibles usuarios.

“De inicio, hasta ahora, la fecha no se ha modificado. En la página de la CONAMER está el dictamen final sobre el reglamento, más comentarios de algunos de los usuarios o de los cuidadores de los pacientes que la usan, pero aún no sabemos qué tanto los tomarán en cuenta”, dice Garfías, quien es fundadora e integrante de Familias y Retos Extraordinarios “Bienvenidos a Holanda” y ha luchado durante años por los derechos de su hijo, Carlos, un joven que tiene discapacidad múltiple.

¿Cuáles son los puntos que las autoridades deberían de incluir en el reglamento para que el uso medicinal de la cannabis sea accesible a las personas que lo requieren?

Diferenciar el acceso entre derivados con menos de 1% de THC (tetrahidrocannabinol, es el componente psicoactivo de la cannabis).y más de 1% de THC, la única vía de acceso que propone el reglamento es por receta con código de barras a medicamentos y derivados farmacológicos, algo así como lo que se hace con otros medicamentos, para los que hay opciones de venta libre, con receta aunque no la retienen al hacer una compra o, como en el caso de los antibióticos, retienen la receta médica.Esto es, que se implemente un mecanismo como el del Artículo 226 de la Ley General de Salud para el acceso a medicamentos con cannabis, de acuerdo a su contenido de THC, lo que seguirá asegurando la calidad, cantidad, seguridad, y estabilidad de los medicamentos y derivados farmacológicos, los que favorecerá la práctica médica y por ende el acceso y seguimiento médico a las y los pacientes.

Ahora, en los términos en que está la propuesta de reglamento, creemos que es muy estricta la regulación, pues solo contempla la venta solo con recetas que será retirada, sin importar el contenido de THC.

¿Eso supone que el consumo medicinal de cannabis solo se refiere a productos procesados industrialmente?

De momento sí. Por eso hemos pedido que se incluyan otros medios de abastecimiento medicinal de cannabis como lo son las flores, así como semillas y plantas para el autocultivo y cultivo solidario. Tenemos el antecedente de Canadá, en donde la flor ha sido el primer paso para acceder a las propiedades médicas de la planta para las y los pacientes. Mediante el «Cannabis Act, 2018«, también en ese país se da la libertad de escoger a los y las pacientes

mayores de 18 años si compran un medicamento o derivado farmacológico o producir cannabis medicinal para uso propio, con el acompañamiento médico. Esto logra un registro que da certeza legal para acceso a semillas y plantas de proveedores autorizados, asesoría, y pruebas de laboratorio para constatar el resultado de los derivados de la producción de cannabis medicinal para uso propio; incluso se presenta la opción de cultivo solidario, mediante persona designada o autorizada para tal fin.Pero de esto, en México estamos a muchos de lograrlo. No hay condiciones, porque las autoridades no están considerando costos y lo que supone para una familia adquirir los medicamentos elaborados a base de cannabis.

¿Qué tanto es la diferencia de costos si se promueve el autocultivo y el cultivo solidario respecto al producto procesado empresarialmente, por decirlo así?

Muchísima. Realmente no se puede costear. Actualmente hay dos medicamentos en el mercado. Uno, el Epidiolex, para la epilepsia refractaria, tiene un costo de 28 mil pesos mensuales, y si el o la usuaria se registra en un padrón de autocultivo, deberá pagar deberá pagar 170 mil pesos e importar las semillas del extranjero a un precio de 10 euros por semilla. Y el segundo, para la esclerosis múltiple, tiene un costo de 7 mil pesos por frasco que dura una semana.

Por eso pedimos que se abra la posibilidad de contar con medicamentos magistrales, que son realizados de manera individual para cada paciente, y a un costo que resulta mucho más accesible. En Canadá, por ejemplo, un frasco de 30 mililitros puede costar entre 60 y 120 dólares canadienses, o en Colombia, de entre 60 a 75 dólares estadounidenses. Ahí estamos hablando de unos 1,300 pesos que los usuarios mexicanos tendrían más facilidad de invertir para adquirirlos.

Y no solo pensamos en los y las usuarias. También lo hacemos con las empresas mexicanas. Los empresarios canadienses tienen todo para inundar el mercado mexicano. Por eso es importante establecer mecanismos que favorezcan la producción cien por ciento mexicana, que estos sean los primeros en beneficiarse.

¿Y qué va a pasar si llega el día 9 de septiembre y se publica el reglamento sin tomar en cuenta estas y otras de las observaciones que ustedes han hecho?

Al parecer así se publicará, si no hay algún cambio. Muchas familias quedarán en el exilio legal, porque no contemplará el autocultivo. Y si no cumple con los requerimientos, va a tener que impugnarse, que interponer los procedimientos legales que procedan para poder garantizar el acceso de muchos usuarios a esos productos medicinales. 

Lo que sorprende es que la COFEPRIS puede evitarlo. Esta instancia tiene la facultad de hacer los cambios ahorita, cuando se está elaborando el reglamento, pero no sabemos qué hará; se ha mantenido muy hermética, incluso con los medios, y no da información.


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