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Protegen los derechos políticos de las personas con discapacidad

El Tribunal Electoral instruye al Congreso Electoral a legislar para proteger los derechos de las personas con discapacidad (pcd) en los próximos comicios.

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29 de julio de 2022

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Itzel Ramírez

El Tribunal Electoral instruye al Congreso Electoral a legislar para proteger los derechos de las personas con discapacidad (pcd) en los próximos comicios.

Antes de que inicie el próximo proceso electoral federal, el Congreso de la Unión debe legislar para proteger los derechos políticos de las personas con discapacidad y, con ello, garantizar su participación en los comicios, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En la más reciente sesión de pleno, celebrada el pasado 27 de julio, el TEPJF concluyó que el Poder Legislativo mexicano ha sido omiso en el cumplimiento de obligaciones marcadas tanto en la Constitución como en diferentes ordenamientos internacionales, entre ellos la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en materia de participación política.

En la resolución del expediente SUP-JDC-92/2022 -y sus acumulados SUP-JDC-102/2022 y SUP-JDC-103/2022-, el pleno del tribunal fijó que 90 días antes de que inicie el próximo proceso electoral federal (2023-2024) para que estén terminados los cambios legislativos que protegerán los derechos político-electorales de las personas con discapacidad.

Édgar Cruz Luján, presidente de la Red Nacional de Ciegos México, consideró un “gran logro” la resolución del TEPJF, aunque llamó la atención sobre los pasos que deben seguirse para concretar la sentencia.

“Esto no quiere decir que ya automáticamente tenemos diputados, senadores con discapacidad, no, lo que tiene que suceder es que las Cámaras de diputados y de senadores trabajen y legislen en ese sentido, creen las reglas para la postulación de personas con discapacidad”,

aseveró Cruz.

En su argumentación, el magistrado ponente Felipe Alfredo Fuentes Barrera dijo que la omisión del Congreso radicaba en el incumplimiento de “adoptar medidas a favor de un grupo en situación de vulnerabilidad derivada de instrumentos internacionales”.

La sentencia establece que el Congreso de la Unión debe iniciar ejercicios de consulta para que las personas con discapacidad participen en la elaboración de las modificaciones.

La consulta, precisa la ponencia, debe ser previa, pública, abierta y regular, estrecha y con participación preferentemente directa de las pcd, accesible, informada, significativa, con participación efectiva y transparente.

“La consulta es lo que asegura que las medidas dirigidas a las personas con discapacidad sean una respuesta a sus necesidades reales”,.

afirma la sentencia, que fue aprobada por cuatro votos -de los cinco magistrados presentes-

Los juicios promovidos por ciudadanos buscaban también que se obligara al Congreso a legislar para que las personas con discapacidad ocuparan cargos en los órganos directivos de los partidos políticos y en el Consejo General del INE, sin embargo, el TEPJF determinó que no puede obligar a ello.

Adicionalmente, el órgano jurisdiccional negó su competencia para pronunciarse sobre las sanciones por la violación de los derechos político-electorales de las personas con discapacidad, al considerar que la materia penal electoral escapa de su ámbito.

Modelo social de discapacidad

En su argumentación, el magistrado Fuentes recordó que los tribunales mexicanos deben atender al modelo social de discapacidad, que “propugna que la causa que genera una discapacidad es el contexto en que se desenvuelve la persona”.

“Por tanto, las limitaciones a las que se ven sometidas las personas con discapacidad son producidas por las deficiencias de la sociedad de prestar servicios apropiados, que aseguren que las necesidades de las personas con discapacidad sean tomadas en consideración”,

explica la sentencia.

De ahí que se aprobara la obligación legislativa de generar condiciones de equidad para que las personas con discapacidad accedan a cargos de elección popular.

Garantizar el derecho a que las personas con discapacidad sean electas, continúa la sentencia, ayuda a que sea mayor la incidencia en la agenda política y, con ello, se avance en sus derechos e intereses.

Las prerrogativas relativas a derechos político-electorales que deberán quedar protegidas son que todas las personas puedan: votar en elecciones populares, ser votadas en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, asociarse para participar en los asuntos políticos y ser nombrada para cualquier empleo o comisión del servicio público.

El objetivo, concluye la sentencia, es “eliminar cualquier situación de invisibilidad, injusticia, desventaja o discriminación”.