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Doctora atendiendo a un joven con discapacidadDoctora atendiendo a un joven con discapacidad

Ajustes razonables y formatos accesibles: la nueva NOM para la salud de las pcd

Para las personas con discapacidad, la NOM de salud contempla diversas medidas que tienen poco más de 50 días para aplicarse en toda la infraestructura médica pública y privada en el país.

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5 de junio de 2023

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Itzel Ramírez

Hospitales, clínicas, centros de rehabilitación y consultorios tanto públicos y privados del país, así como personal de salud, tienen poco más de 50 días para adaptarse a las disposiciones de la nueva norma que busca consolidar la atención médica sin discriminación para personas con discapacidad (pcd).

Se trata de la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA-2023 para la atención médica integral a personas con discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 22 de mayo. 

“Esta Norma tiene por objeto establecer los criterios que regulan la prestación de los servicios de atención médica integral a las personas con discapacidad, en su calidad de pacientes”, explica el documento, que será de observancia obligatoria para quienes prestan servicios de atención médica a pcd en sectores público, social y privado. 

El objetivo es que las pcd reciban atención médica integral de calidad, seguridad y sin ningún tipo de discriminación, a fin de garantizar el ejercicio efectivo de su derecho a la protección de la salud. 

Para lograrlo, los establecimientos deberán tener las facilidades que se requieran para la “comunicación y transmisión de información relacionada con el estado de salud y con los servicios que se presten a las personas con cualquier tipo de discapacidad, en su caso, en formatos accesibles”. 

Igualmente, el personal de salud debe asegurarse de motivar e involucrar activamente a las familias de las pcd en materia de rehabilitación para que se tengan mayores posibilidades de éxito. 

“En todos los casos, es necesario conocer la dinámica familiar y las capacidades potenciales, para identificar redes de apoyo para la persona con discapacidad y su familia”, establece el documento. 

Con la misma finalidad se marcó que el personal de salud está obligado a dar orientación y apoyo psicológico tanto a las pcd como a sus familias. 

En cuanto a discapacidades causadas por enfermedades hereditarias y anomalías congénitas, la NOM instruye a que se evalúe el riesgo reproductivo de las pcd y se dé consejo genético a quienes puedan ser portadoras de alteraciones genéticas.

Las actividades para la atención médica integral a las personas con discapacidad deberán contemplar las siguientes etapas: prevención, promoción y educación para la salud; diagnóstico oportuno; evaluación de la discapacidad para determinar el tipo y grado de limitación funcional; atención médica de rehabilitación; referencia y contrarreferencia; seguimiento de casos, e información y capacitación a los familiares acerca de la atención y cuidados de la persona con discapacidad.

Atención especializada para cada discapacidad

Adicionalmente, la NOM establece las necesidades de atención de cada tipo de discapacidad, sea auditiva, intelectual, psicosocial, física o visual. 

En el caso de la atención a pcd auditiva, por ejemplo, establece que se deben realizar pruebas y diagnósticos en tiempos determinados (por ejemplo antes de los tres meses cuando se trata de patologías de origen congénito), las maneras de evitar afectaciones al lenguaje, cómo debe ser la atención médico-quirúrgica, entre otros procesos. 

Para atender a las pcd intelectual, se busca que el diagnóstico temprano establezca el déficit y las potencialidades de cada persona, realizar un examen psicológico para determinar la edad mental, hacer historia clínica orientada a saber si la discapacidad está relacionada con algún evento pre o postnatal, realizar valoraciones psicológicas, fomentar la estimulación temprana y de socialización, así como la rehabilitación médica integral, tener un tratamiento farmacológico cuando haya comorbilidad clínica. 

Cuando se trata de discapacidad psicosocial se deben conocer los antecedentes familiares de trastornos mentales, realizar un examen mental básico, orientar la rehabilitación médica integral a la conservación de funciones no afectadas y la restauración de capacidades perdidas, entre otros. 

Al tratar la discapacidad física se instruye al diagnóstico temprano, valoraciones (examen postural, valoración de la marcha, del neurodesarrollo, de arcos de movilidad, examen manual muscular, estudios de electromiografía), iniciar la rehabilitación lo antes posible después del diagnóstico, evitar la estructuración del daño neurológico, prevenir síndrome de inmovilidad prolongada, evitar contracturas, deformidades, debilidad muscular y alteraciones de la piel; prescripción de ejercicios y órtesis y prótesis y otras técnicas y valoraciones. 

Finalmente para la atención de pcd visual se requieren diferentes valoraciones con equipo especializado, estimulación temprana para las deficiencias de las funciones visuales, fisioterapia, rehabilitación con lectoescritura en braille y materiales didácticos en relieve, lectores de pantalla, uso de bastón blanco, auxiliares ópticos especiales y prótesis, así como perros guía o animales de servicio. 

En la formación de la norma participaron varios organismos tanto federales como estatales, universidades, hospitales públicos y privados, institutos nacionales, además de organizaciones de y para pcd como el Centro de Rehabilitación e Inclusión Infantil Teletón Puebla, el Consejo Mexicano de Medicina de Rehabilitación AC, la Confederación Mexicana de Organizaciones en Favor de la Persona Con Discapacidad Intelectual AC y Libre Acceso AC.

La NOM tomó el dato de la Encuesta Nacional de Dinámica Demográfica 2014 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) sobre la prevalencia de discapacidad en ese año de 6 por ciento, es decir, 7.1 millones de personas en el país que “no pueden o tienen mucha dificultad para hacer alguna de las ocho actividades evaluadas: caminar, subir o bajar usando sus piernas; ver (aun cuando utilice lentes); mover o usar sus brazos o manos; aprender, recordar o concentrarse; escuchar (aun cuando utilice aparato auditivo); bañarse, vestirse o comer; hablar o comunicarse; y problemas emocionales o mentales”.

La discapacidad es un motivo de preocupación ya que su prevalencia ha ido en aumento en los últimos años, por diferentes factores como el aumento en la esperanza de vida y el riesgo de discapacidad es aún mayor en personas adultas mayores, el aumento de enfermedades crónicas tales como diabetes mellitus, hipertensión arterial, los diferentes tipos de cáncer y trastornos en la salud mental,

observaron las autoridades

Los establecimientos sanitarios, tanto de atención ambulatoria como hospitalaria podrán solicitar la evaluación de conformidad respecto a la norma, que estableció un plazo de entrada en vigor de 60 días naturales posteriores a su publicación.

Por Itzel Ramírez

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