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Fotografía del piso de color gris de un estacionamiento público que tiene un estampado de color azul en el fondo con una silueta de una persona usuaria de silla de ruedas de color blanco.Fotografía del piso de color gris de un estacionamiento público que tiene un estampado de color azul en el fondo con una silueta de una persona usuaria de silla de ruedas de color blanco.

Decretan plena accesibilidad… pero sin presupuesto

El Diario Oficial de la Federación Publica este 10 de enero un Acuerdo que obliga a que los 110 mil inmuebles que dependen de la Administración Pública Federal sean accesibles para personas con discapacidad

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11 de enero de 2022

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Katia D'Artigues

Por Katia D’Artigues 

Empezamos el año con una muy buena noticia en papel pero que se antoja irrealizable.

La buena noticia en lo legal, en el papel, es que este 10 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial de México donde se publican sus normas jurídicas, reglamentos, decretos) un acuerdo que obliga a que todos los inmuebles de la Administración Pública Federal (APF)  -nuevos y viejos- deben de ser accesibles para personas con discapacidad. Todos. Aquí está. 

Es parte de un muy esperado acuerdo que diversas organizaciones entre ellas Yo También y Libre Acceso, entre otras -y en ese momento el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las personas con discapacidad (CONADIS)  dirigido por Mercedes Juan- trabajamos allá por 2017, cuando el presidente era Enrique Peña Nieto y que hoy ve la luz.

Las buenas noticias

Se trata de un Acuerdo de la secretaría de Hacienda y en particular del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el INDAABIN, que se encarga de administrar y valuar el patrimonio inmobiliario federal y paraestatal.

El acuerdo es legalmente impecable, menciona todas las obligaciones que tiene el Estado Mexicano con las personas con discapacidad en cuestión de accesibilidad: desde la Convención sobre los Derechos Humanos de las personas con discapacidad (en su Artículo 9), la Observación general No. 2 el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad sobre Accesibilidad, de cómo la accesibilidad es un derecho llave a otros.

Reconoce las recomendaciones que las Naciones Unidas hizo ¡desde 2014! de acelerar el proceso de accesibilizar sobre todo los inmuebles públicos y de uso público. Cita la Ley General para la Inclusión de las personas con discapacidad y la Ley para Prevenir y Eliminar la discriminación donde se considera que la falta de accesiblidad y ajustes razonables son de hecho una discriminación.

Luego tiene todo un apartado muy claro, con dibujos, glosarios y todos los recursos técnicos profesionales para accesibilizar todo y que no haya improvisaciones. 

Vaya, hasta tiene previsto en sus diversos artículos que no se puede negar la accesibilidad en un inmueble porque haya pocas personas que los visitan. Que debe haber baños accesibles por lo menos cada tres pisos. Menciona que las cosas deben hacerse con base en ¡diseño universal!

También consideran accesibilidad para incluir a personas con discapacidad no sólo como accesibilidad física, sino a las tecnologías, a la información, al sistema Braille, a la Lengua de Señas Mexicanas, ayudas técnicas, perros de asistencias o animales de servicio y otros apoyos.

Cito el primer punto del acuerdo:

PRIMERO. Las disposiciones de este Acuerdo son de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la APF, y tienen por objeto regular las condiciones y requerimientos de accesibilidad, diseño universal y ajustes razonables que deben cumplir los inmuebles federales, para garantizar a las personas con discapacidad entrar, desplazarse, salir, orientarse y comunicarse de manera autónoma, cómoda y segura al interior, así como al exterior de los espacios públicos en Inmuebles Federales en los que se desarrolla la actividad humana”.

Nótese que se dice que las disposiciones del Acuerdo son de “observancia obligatoria”. Eso suena genial.

Otra cosa buena es que el mismo acuerdo NO está cerrado a que se modifiquen y accesibilicen los inmuebles históricos o con “valor arqueológico”  -que es un pretexto común- sino que manda a la secretaría de Cultura a que, junto con el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y al mismo INDAABIN a que autoricen los proyectos de accesibilidad. Claro, tomando en cuenta otras leyes: la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas y la Ley General de Bienes Nacionales. Eso es un gran avance.

Otra buena noticia del Acuerdo es que las dependencias y entidades de la APF tienen que informar por escrito al INDAABIN, de las acciones realizadas sobre accesibilidad y presentarlas al Comité de Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal. En un transitorio se establece que deben informar de avances en un plazo no mayor a un año a partir de ayer que se publicó este documento oficial.

Y más: “En caso de incumplimiento injustificado a lo establecido en el presente Acuerdo, se deberá dar vista al Órgano Interno de Control o a la autoridad competente, para que en el ámbito de sus atribuciones imponga la sanción o, en su caso, recomendación correspondiente”.

Las malas noticias

Pero como en todo hay dos pequeños granitos en el arroz. Uno está en el punto tercero del acuerdo:

TERCERO. Corresponde a la Secretaría por conducto del INDAABIN y el CONADIS, en el ámbito de sus respectivas competencias, la supervisión y evaluación del presente Acuerdo”.

¿Cómo va a supervisar el acuerdo una institución como el CONADIS que es virtualmente un zombie, con cada día menos presupuesto, que no tiene titular desde el inicio del sexenio? ¿Que ya no tiene sede, que se dedica básicamente a administrar pensiones para el bienestar de personas con discapacidad?

Y otra: el dinero. 

El transitorio, también tercero, dice:

“Las modificaciones y adaptaciones a los inmuebles federales a que se refiere el presente Acuerdo se realizarán con cargo a las partidas presupuestarias asignadas para obra, mantenimiento y conservación de inmuebles, ya sean propios o en arrendamiento, en términos de las disposiciones aplicables y siempre y cuando se cuente con la suficiencia presupuestaria en el ejercicio fiscal correspondiente”.

Es decir: todo esto se hará si es que hay dinero. No se designará una partida presupuestal adicional para cumplir este acuerdo que requeriría de una inversión mayúscula y transexenal.

El INDAABIN en su más reciente reporte, “Boletín Inmobiliario” de 2021 dice que tiene a su cargo 110 mil inmuebles que representan 19 mil 821 kilómetros cuadrados de terreno y 806 kilómetros cuadrados de construcción.