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Cambio climático y discapacidad: ¿toman en cuenta a las personas?

Los países están ignorando sistemáticamente a las personas con discapacidad en la lucha contra el cambio climático y México está incluido en ese grupo.

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16 de junio de 2022

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Itzel Ramírez

Por Itzel Ramírez

Un huracán, temperaturas por debajo de los 0°C y olas de calor por encima de los 40°C, sequías e inundaciones suponen un reto para cualquiera que trate de sobrevivir a los embates de la crisis del cambio climático, y la discapacidad complica mucho más las tareas básicas de tener refugio, encontrar alimentos y medicamentos esenciales para la vida.

Diferentes organizaciones internacionales han reconocido que las personas con discapacidad están entre las más vulnerables cuando de cambio climático se trata, con tasas de mortalidad considerablemente más altas y con menor acceso a los servicios de emergencia en comparación con personas que no tienen esta condición.

Aunque oficialmente los países han reconocido la necesidad de incluir la discapacidad dentro las políticas sobre cambio climático, un reciente estudio del Centro McGill de Derechos Humanos y Pluralismo Jurídico, Dicarp (Programa de Investigación sobre Acción Climática Inclusiva en Materia de Discapacidad) e IDA (Alianza Internacional de Discapacidad) demuestra que los Estados han ignorado sus obligaciones en la materia.

En el Acuerdo de París, uno de los instrumentos internacionales más importantes sobre lucha contra el cambio climático, los Estados firmantes están todavía muy lejos de ejecutar los compromisos adquiridos en relación a la discapacidad, revela el análisis, titulado “Informe de situación sobre la inclusión de la discapacidad en los compromisos y políticas climáticas nacionales” y que puede ser consultado aquí en su versión en español.

“Lamentablemente, los Estados están muy lejos de cumplir con sus obligaciones en este sentido. Una minoría de los Estados parte del Acuerdo de París incluye a las personas con discapacidad en sus NDC y en sus políticas de adaptación al clima. En los casos en los que se ha incluido la discapacidad, es en gran medida para indicar la vulnerabilidad de las personas con discapacidad a los impactos del cambio climático o para señalar la necesidad de su inclusión, sin proporcionar medidas concretas para mejorar su resiliencia y capacidad de adaptación”, apunta el estudio.

Solamente 35 de los 192 Estados adheridos al Acuerdo de París hacen referencia a las personas con discapacidad en sus Contribuciones determinadas a Nivel Nacional (NDC) o en sus Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional (CPDN). Incluso, dos países (Etiopía y Uganda), cuando actualizaron sus CPDN eliminaron las referencias previas a las pcd.

México, junto a Antigua y Barbuda, Argentina, Barbados, Belice, Cabo Verde, Camboya, Canadá, Chad, República del Congo, Costa Rica, República Dominicana, Fiji, Georgia, Jordania, Kiribati, Maldivas, Islas Marshall, Mauricio, Moldavia, Myanmar, Panamá, Papúa Nueva Guinea, Santa Lucía, Seychelles, Sierra Leona, Sri Lanka, Suazilandia, Estado de Palestina, Tanzania, Togo, Túnez, Uzbekistán, Vietnam y Zimbabue mencionan a las personas con discapacidad en sus documentos referidos.

“En general, nuestro análisis de las NDC demuestra que los Estados están descuidando sus obligaciones de respetar, proteger y cumplir los derechos de las personas con discapacidad en sus respuestas a la crisis climática”, afirma el texto.

En cuanto a las políticas sobre mitigación del clima, no hay un solo país que haga referencia a las personas con discapacidad.

“El hecho de no incluir a las personas con discapacidad en las acciones de mitigación climática puede llevar a resultados que no son coherentes con los derechos de las personas con discapacidad. Por ejemplo, aunque el desarrollo de sistemas de transporte sostenibles se considera un componente clave de la transición hacia sociedades más ecológicas, estos sistemas suelen ser inaccesibles para las personas con discapacidades físicas y visuales”, explica la investigación académica.

Apenas 45 de los 192 Estados firmantes incluyeron a las personas con discapacidad, con problemas de salud o con enfermedades crónicas en sus políticas de adaptación al clima.

Además de México, fueron Alemania, Austria, República Centroafricana, Chile, Islas Cook, Chequia, Corea del Sur, Ecuador, Egipto, Eslovaquia, Estonia, Eslovenia, España, Finlandia, Ghana, Grecia, Guatemala, Hungría, Irlanda, Kenia, Kiribati, Letonia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malawi, Islas Marshall, Moldavia, Namibia, Nauru, Panamá, Polonia, Santa Lucía, Islas Salomón, Sudáfrica, Sudán, Tayikistán, Tailandia, Togo, Tonga, Turquía, Uganda, Uruguay, Zambia y Zimbabue quienes mencionaron la discapacidad en ese apartado.

Solo palabras

En la lucha contra los efectos del cambio climático, los países no van más allá de la simple mención de la discapacidad, sin que ello incida en la inclusión como un enfoque requerido para las políticas públicas, asegura la investigación.

“La mayoría de las referencias a la discapacidad y a las personas con problemas de salud o enfermedades crónicas en las políticas de adaptación al clima de los Estados son de carácter superficial”,

menciona el documento.

La falta de acciones concretas, sigue el análisis, existe a pesar del reconocimiento de que la discapacidad hace que las personas sean todavía más vulnerables ante el cambio climático.

“El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Comité sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos han reconocido específicamente los efectos desproporcionados del cambio climático para las personas con discapacidad y han pedido a los Estados que adopten enfoques basados en los derechos humanos que incluyan la discapacidad para combatir el cambio climático”, añade.

Tanto los países dentro del Acuerdo de París como los firmantes de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad están obligados a tomar en cuenta la discapacidad para las políticas públicas y programas que se realicen en el tema de cambio climático con un enfoque interseccional.

Además, según el texto, tienen estas obligaciones:

  1. Evaluar y tener en cuenta los impactos diferenciales del cambio climático sobre los derechos de las personas con discapacidad a través de un enfoque interseccional;

  2. Desarrollar y aplicar políticas de mitigación y adaptación al clima basadas en pruebas para prevenir y minimizar los impactos adversos del cambio climático en las personas con discapacidad;

  3. Proporcionar información accesible sobre el cambio climático a las personas con discapacidad, reforzar su capacidad para participar en la toma de decisiones sobre el clima que les concierne, y garantizar que tengan acceso a procedimientos judiciales o administrativos y a recursos efectivos cuando sufran daños por la acción e inacción climática; y

  4. Apoyar los esfuerzos internacionales para luchar contra el cambio climático y mejorar la resistencia al clima de las personas con discapacidad en los países en desarrollo.

En el panorama, abunda el estudio, sí hay algunos países que han avanzado en el tema, como Zimbabue, donde tanto la Política Climática Nacional como el Plan Nacional de Adaptación han identificado las necesidades de la población con discapacidad y obligaciones específicas para atenderlas.

El camino en la lucha contra el cambio climático, continúa el estudio, atraviesa necesariamente por la garantía de que las pcd sean incluidas en la elaboración de políticas públicas relacionadas con el cambio climático; que se respeten y protejan los derechos de las pcd en evaluación, diseño, seguimiento y aplicación de políticas climáticas, que las pcd sean incluidas de modo que contribuyan a la descarbonización y mitigación del cambio climático y que se adopte una perspectiva interseccional para una acción climática inclusiva no solo a pcd sino a otras personas de grupos vulnerables.

Personas con discapacidad, las más afectadas por el cambio climático

“Para las personas con discapacidad, su exclusión de la planificación de la adaptación al clima puede ser una cuestión de vida o muerte”, sentencia el estudio.

La Organización de las Naciones Unidas ha reconocido en diversos documentos que las personas con discapacidad son especialmente vulnerables en situaciones de emergencia causadas por el cambio climático.

Si los derechos a la alimentación, al agua potable, a los servicios de salud, a la educación, la vivienda y al trabajo digno se ven amenazados para cualquier persona en un escenario catastrófico, para las personas con discapacidad es todavía más complicado, a nivel de suponer una amenaza para su vida.

“La mayor vulnerabilidad de las personas con discapacidad a los impactos del cambio climático se debe en gran parte a entornos, políticas y culturas discapacitantes, incluidas las vulnerabilidades añadidas que acompañan a la pobreza, la inaccesibilidad a la información sobre riesgos y peligros, y las actitudes discriminatorias hacia las personas con discapacidad. Los retos a los que se enfrentan las personas con discapacidad se agravan aún más cuando también pertenecen a otro grupo vulnerable”, menciona el informe.

El Programa de Investigación sobre Acción Climática Inclusiva en Materia de Discapacidad abunda sobre cómo las olas de calor tienen un mayor efecto en personas con algunos trastornos neurológicos o cómo la falta de movilidad vuelve inaccesibles ciertos espacios habilitados como refugios o la posibilidad de vivir de forma independiente.Mientras que este documento de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA), detalla que quienes más padecieron las consecuencias del huracán Katrina en 2005 fueron personas con discapacidad.